Nuevas regulaciones de la Aduana de Cuba a partir de septiembre
3 julio 2012 ·
Fto: Baracutey cubano
En los últimos días hemos informado acerca de los cambios y nuevas
regulaciones aduanales para la importación de diversos artículos en de
Cuba, con fecha 2 de julio de 2012 la Aduana General de la República de Cuba ha emitido la Resolución No. 122 y las Resoluciones 222 y 223 del Ministerio de Finanzas y Precios en las cuales se imponen severos gravámenes a la importación de artículos cuyo valor supere los 50 pesos cubanos.
Los aranceles establecidos serán aplicados a los artículos contemplados
dentro de la categoría de misceláneas (calzado, confecciones, alimentos,
artículos de aseo personal y del hogar, perfumes, bisutería) que se
importen sin carácter comercial por personas naturales mediante envíos
por vías marítima, aérea, postal y mensajería. Se establece que todos
los viajeros que importen artículos cuyo valor exceda los 50.99 pesos
deberán pagar 10 pesos cubanos o convertibles por cada kilogramo que
sobrepase (de 51.00 $- 500.99 $ se pagará el 100 %), entre 501.00
$-1000.00 $ se pagará una tarifa del 200%.
El pago de los aranceles que realicen los viajeros será abonado en pesos
cubanos para los cubanos y extranjeros residentes permanentes en la
Isla “en la primera importación en un año calendario (1 enero al 31 de diciembre) “, en
la segunda y siguientes importaciones dentro del año calendario el
cálculo de los aranceles a pagar se realizará en pesos convertibles
(CUC) y se pagará el equivalente en pesos cubanos por los
cubanos y extranjeros residentes en el territorio nacional. Los
extranjeros y cubanos residentes en el exterior continuarán pagando en
CUC.
Las regulaciones aduanales entran en vigor a partir del 3 de septiembre y
las correspondientes al Ministerio de Finanzas y Precios se hacen
efectivas a partir del 2 de julio de 2012.Leer las Resoluciones aquí
Res 122 Aduana y Res 222 223